El Diccionario de la Real Lengua Española la define así:
Adopción: Recibir como hijo, con los requisitos y solemnidades que establecen las leyes, al que no lo es naturalmente.
La institución de la adopción tiene cientos de años de existencia, en sus origines tenia connotaciones muy diferentes a los de la actualidad, ya que en sus inicios tenia como propósito, la conservación de la estirpe, para lograr la supervivencia del culto de los antepasados. En nuestros tiempos actuales sus fines son distintos, a saber como motivo principal es el de experimentar la paternidad a falta de hijos propios, así mismo muchas personas persiguen un fin de carácter social, altruista, y que se identifican mucho con el problema del abandono y desamparo de menores.
Esta Institución se dice que fue sistematizada por los Romanos, es por ello que a ellos se les atribuye sus orígenes.
Durante la época de Constantino (año 315 D.C.) se protegió a los niños desamparados y bajo la influencia del Cristianismo se crearon los primeros establecimientos para niños en situación difícil.
En nuestro Código de Familia en su Art. 165.- establece la finalidad de esta Institución, y nos establece que "La adopción es una institución de protección familiar y social, especialmente establecida en interés superior del menor, para dotarlo de una familia que asegure su bienestar y desarrollo integral"
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